Carpeta tributaria del Ayuntamiento de El Escorial
Descripción ampliada
Este servicio permite realizar la autoliquidación de la Tasa por actuación municipal de control previo o posterior al inicio de aperturas de actividades de servicios, previa a la presentación de la solicitud y documentación en el Registro General de Entrada o Sede electrónica (https://elescorial.sedelectronica.es)
Recuerde que una vez realizada la autoliquidación, deberá presentar el justificante del pago junto con el resto de la documentación exigida para el trámite oportuno en el Registro General del Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica (https://elescorial.sedelectronica.es)
Destinatario
Cualquier persona física o jurídica.
Requisitos
Documentación oportuna dependiendo de la solicitud realizada.
Plazos
La autoliquidación deberá ser abonada antes de la presentación de la solicitud y
documentación en el Registro General de Entrada o Sede Electrónica.
Legislación
Ordenanza reguladora de la tasa por documentos que expida o de que entienda la
Administración o las autoridades municipales.
El artículo 26.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos señala que "los registros electrónicos se regirán a efectos de cómputo de los plazos imputables tanto a los interesados como a las Administraciones Públicas por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar visible".
Asimismo, el artículo 6.2 j) del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre de 2009, por el que se desarrolla parcialmente dicha Ley, establece que las sedes electrónicas indicarán la fecha y hora oficial a los efectos previstos en el artículo 26.1 de la Ley 11/2007.
En cumplimiento de ambas disposiciones se ofrece la fecha y hora oficial de este organismo.